DICE EL ESCRITO; Que a medio del presente escrito, interpongo DENUNCIA PENAL contra los Sras/es María del Mar Sánchez Sierra en su faceta de Secretaria de Medios de la Xunta de Galicia, Sr Enrique González Murga, Subdirector xeral de Réxime Xurídico Secretaría de Medios, (por substitución, segundo Acordo do 5 de novembro de 2018, do Vicepresidente e Conselleiro de Presidencia e Administracións Públicas), Sr conselleiro de Sanidad, Julio García Comesaña, Sr Alberto Fuentes Losada en su faceta de Secretario Xeral Técnico de la CONSELLERÍA DE SANIDAD y como autoridad del Sergas, representada por el letrado de Sanidad-Sergas Sr Rafael Álvaro Millán Calenti a los que se les han entregado copia de denuncias penales instándoles a remitir copia fedatada al Juzgado de lo que han hecho caso omiso, todos ellos a citar en la Xunta de Galicia, Santiago de Compostela, A Coruña, por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa previsto y penado en el artículo 404, 408 del Código Penal, con fundamento en los siguientes..
TODOS LOS DENUNCIADOS SON PRACTICANTES REALES DE LA "ley del silencio u omertá (en italiano, omertà [omeɾˈta]) es el código de honor siciliano que prohíbe informar sobre las actividades delictivas".+
Como preámbulo se dirá que es tan claro el ilícito presuntamente materializado, que, si nosotros no presentamos ante este Juzgado, los hechos ahora denunciados nunca habrían sido sacados a la luz y la impunidad de los delitos tan graves, admitidos, encubiertos y consentidos por los denunciados, censurando, ocultando y tratando de borrar todo rastro de las denuncias que caen en su poder sin denunciar los hechos, la censura bajo la total ignorancia deliberada, dolo, censura y ocultación, hubiere sido lograda, dejando un largo camino de perjudicados, una administración pública engañada, y una justicia cuyos sistemas de protección no solo han fallado, si no, que a la luz de los documentos que se adjuntan a esta denuncia los mismos podrían seguir actuando impunemente contra el sistema público a día de hoy, donde el único interés como servidores públicos es una OMERTA documentada en el siguiente relato y sus adjuntos..sigue......+
A estos efectos no exime la denuncias obligadas que se deberían haber formalizado por los denunciados cuya existencia y conocimiento de las mismas tras sus registros en legal forma nunca se han desarrollado, pues los mismos, para los denunciados son simplemente eso: ESCRITOS. DENUNCIAS Y DOCUMENTOS QUE HAY QUE CENSURAR Y OCULTAR INDEPENDIENTEMENTE DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD PENAL QUE PUDIESE EXISTIR..
El relato junto a la documental que se adjunta en este escrito pendiente de ampliación una vez personados en la causa, los datos y documentos son demoledores y enervan cualquier derecho de presunción de inocencia al ser realizados bajo el dolo, intencionalidad como se expondrá y documentará en este escrito.
No estamos ante la corrupción de un pelotazo urbanístico o similar, estamos ante un SUCIO NEGOCIO CON RAÍCES INSTITUCIONALES Y FINANCIADO POR EL GOBIERNO DE FEIJÓO desde la misma columna vertebral de la Xunta de Galicia, alentado con sus recursos públicos, que entre otras, SE LLEVO A DECENAS DE PERSONAS, HOY FALLECIDAS Y MILES DE CONTAGIADOS POR CORONA-VIRUS, jugando con la salud de la gente, un sucio negocio que llego a convertir a este denunciante en un perseguido por los denunciados, llegando a pedir judicialmente un médico forense para tacharlo de loco TRAS FALLARLES EL INTENTO DE AMENAZAS Y DE HOMICIDIO, amparado en la ocultación de sus enfermedades muy graves (cáncer) negándoel el historial clínico de cuyo procedimiento abrió expediente sancionador la Agencia Española de Protección de Datos contra el Sergas cuyas gestiones corresponden a los denunciados, obligándome a poner una denuncia penal como única forma de poder acceder al mismo en este momento “Sub Judice” de la que se adjunta copia.
Son varias las denuncias con sobrados indicios de una profunda e impune actividad de presuntos delitos de corrupción continuados cuyos hechos y relatos han sido puestos en conocimientos de los ahora denunciados, cuya única respuesta ha sido el silencio administrativo, la censura, ocultación y omertá institucional desde sus cargos públicos, ignorando y desobedeciendo cualquier mandato legal que todos los ciudadanos estamos obligados a cumplir, y en mi caso, convencido de que en principio todos somos iguales ante la Ley.
A la luz de la censura, desobediencia de los procesos administrativos legales no queda otro camino que judicial-izarlos y perseguirlos de forma conveniente, si este Juzgado lo considera necesario, cómo se ha hecho vía las denuncias correspondientes en piezas separadas ( se adjuntan ) por cada uno de los hechos delictivos ajenos a esta denuncia que es muy precisa sobre los delitos del art. 404 y 408 del CP, interponiendo denuncia, por que la querella esta reservada al pago con sus jugosos sueldos públicos de los que este denunciante carece al vivir de una pensión no contributiva de 400 euros al mes: el hecho de que no haya diligencias de investigación por el Ministerio Público, no supone iniciación alguna de procedimiento penal como tal, y no exime de denunciar los mismos como es la obligación de los funcionarios públicos de la Xunta de Galicia que se denuncian, junto a los que puedan surgir a lo largo del proceso judicial.
Las cuestiones de los denunciados Sras/es María del Mar Sánchez Sierra en su faceta de Secretaria de Medios de la Xunta de Galicia, Sr Enrique González Murga, Subdirector xeral de Réxime Xurídico Secretaría de Medios, Sr conselleiro de Sanidad, Julio García Comesaña, Sr Alberto Fuentes Losada en su faceta de Secretario Xeral Técnico de la CONSELLERÍA DE SANIDAD y el letrado de Sanidad-Sergas Sr Rafael Álvaro Millán Calenti serían por tanto las siguientes:
1 ¿Por qué censuran y ocultan reiteradamente y no denunciaron los hechos puestos en su conocimiento mediante los servicios del registro telemático que se cuentan por docenas, ni la Xunta de Galicia ante los documentos e informaciones remitidas por este denunciante que iban siendo conocedores de los mismos según se iban sucediendo uno detrás de otro bajo la total impunidad ?
2 ¿Por qué no lo hicieron los ahora denunciados como es su obligación legal art 404 y 408 CP, como máxima autoridad del Gobierno Autonómico de Galicia , cuando sabían que existían y estaban en su poder esas denuncias de hechos muy graves y optaron por PRIVAR A LA JUSTICIA borrando todo rastro de las denuncias, censurando, encubriendo sin responder ni una sola vez a las solicitudes, ?
3 ¿Quién ha resarcido al erario de lo estafado, dilapidado, privatizado, saqueado, recordando que al mandar censurar, encubriendo, nadie a informado de las denuncias al juzgado, que es quien debería decidir si hay o no hay reproche penal en las denuncias puestas en su conocimiento?
4 ¿A qué esperaban los denunciados para iniciar los procedimientos penales vía querella o denuncia por esos hechos si sabían, a mayor abundamiento por sus propios documentos y declaraciones, que las mismas existían y ya se entendía que esos hechos contenían sobrados indicios y eran constitutivos de delito?
Damos por reproducidos los delitos que señalan en las denuncias ya presentadas por nosotros en sede judicial, que se acompañan, a efectos de señalar los delitos que no fueron perseguidos por LOS AHORA TAMBIÉN DENUNCIADOS, habiendo tenido conocimiento de los mismos tanto cuando se producen, como cuando tiene conocimiento de la actuación del que suscribe con duras advertencias de que no pueden ocultar, censurar y tapar los mismos a la luz de la Ley Vigente, las denuncias de los ciudadanos, medios de comunicación y sus propias intenciones de hacer desaparecer todo rastro de las denuncias registradas desde la Misma Xunta de Galicia, convirtiéndose bajo su plena responsabilidad en jueces que deciden lo que se tramita y lo que no, quien delinque y quien no.
Prueba de que tuvieron conocimiento antes de esas denuncias de sobrados indicios criminales y esta misma denuncia es el hecho de que hay sobrada documentación aportada a esta denuncia por el art 404 y 408 CP.
Incluimos en la denuncia la absoluta falta de control de los procedimientos administrativos registrados de forma obscena, DIRECTA Y SIN NINGÚN TIPO DE COMPROBACIÓN PRESUNTAMENTE ECHADOS AL CUBO DE LA BASURA.
Así, PRETENDEN QUITARSE toda la responsabilidad de unos hechos que son obscenos, cuando sabido es que el dinero es de la ciudadanía, la administración pública es una institución sometida al Imperio de la Ley y que si por los mismos hubiere sido nadie habría investigado ni perseguido estos hechos (y por tanto no se podría recuperar la Ley y la Justicia y una administración pública sometida a la Constitución y las Leyes, sin traer a este escrito la debida diligencia de la función pública bajo la total ignorancia deliberada o inexcusable de los denunciados, siendo lo más grave el de privar a los jueces del conocimiento de lo que a sus espaldas esta sucediendo en la administración.
Y es por lo que,
Pedimos con el mayor de los respetos que no se olvide el órgano instructor de que el único interés con total lealtad de este denunciante, es poner en manos del instructor unos hechos que de ser condenados en sentencia firme, serían un pleno acicate a la creencia de los ciudadanos de que la Ley es igual para todos y que los denunciados no pueden ni deben actuar a su libre albedrío por fuera de la Ley.
Esa conducta con relación a los caudales públicos debe ser igualmente merecedora de reproche penal en el tipo correspondiente.
Lista documental adjunta incluida en el Pen Drive que aportada a la denuncia contra los Sras/es María del Mar Sánchez Sierra, Sr Enrique González Murga, Sr Julio García Comesaña, Sr Alberto Fuentes Losada y Sr Rafael Álvaro Millán Calenti.
Lista documental adjunta incluida en el Pen Drive que aportada a la denuncia contra los Sras/es María del Mar Sánchez Sierra, Sr Enrique González Murga, Sr Julio García Comesaña, Sr Alberto Fuentes Losada y Sr Rafael Álvaro Millán Calenti.
1.- Carpeta1.- Escrito y adjuntos anexos 1 al 4 con más de 60 registros telemáticos con denuncias y hechos presuntamente delictivos puestos en conocimiento d ellos denunciados instándoles a una vez comprobados fuesen remitidos a la mayor brevedad al Juzgado de Guardia, tras la censura, ocultación, negativa a darle proceso a los expedientes junto a los muchos de reiteración ante los denunciados mediante servicio telemático online en la www.sede.xunta.gal Solicitud-PR004A-20220423 con fecha 23/04/2022 con expresas advertencias de la obligación legal de trasladar al juzgado las denuncias puestas en su conocimiento reiteradamente y trasladar acuse de recibo, de lo que han hecho caso omiso a día de hoy. Cuya documental acreditan sin género a las dudas las acusaciones del art 404 y 408 del CP.
Contiene documentos de los registros telemáticos con multitud de hechos y relatos fundados en sobrados indicios de corrupción institucional en la Xunta, todos bajo la censura, encubrimiento y ocultación;
05-04-2020 Solicitude-PR100A-20200405
23-12-2020 Solicitude-PX006A-20201223
20-03-2021 Xustificante-PR004A-20210320
20-03-2021 Xustificante-PX006A-20210815
21-03-2021 Solicitude-PX006A-20210321
05-04-2021 Solicitude-PX006A-20210405
03-08-2021 Solicitude-PR004A-20210803
03-08-2021 Justificante-PX006A-20210803
13-08-2021 Solicitude-PX006A-20210813
15-08-2021 Solicitude-PX006A-20210815
30-08-2021 Xustificante-PR100A-20210830
30-12-2021 Solicitud-PR004A-20211230
04-02-2022 Solicitude-PR100A-20220204
24-02-2022 Solicitude-PR100A-20220224
19-03-2022 Solicitude-PR004A-20220319
23-03-2022 Solicitude-PR004A-20220323
23-03-2022 Solicitude-PR004A-20220319
04-04-2022 Solicitude-PX006A-20220404
08-04-2022 Solicitud-PR004A-20220408
12-04-2022 Solicitud-PX006A-20220412
21-04-2022 Solicitud-PX004A-20220421
23-04-2022 Solicitud-PR004A-20220423
23-04-2022 Justificante-PR004A-20220423 (1)
23-04-2022 Justificante-PR004A-20220423-sanidad-sergas
Y sí en un suma y sigue, Xustificante-PR004A-20210320, Solicitude-PR004A-20210320, Justificante-PX006A-20210628, AMPLIACION-Xustificante-PX006A-20210321, Xustificante-PR004A-20210320, Justificante-PX006A-20210803, Xustificante-PX006A-20210813 Presidencia, Xustificante-PX006A-20210813-Asesoría Xurídica Xeral, Xustificante-PX006A-20210813Secretaría Xeral Técnica Sanidad, Xustificante-PR004A-20210803, Justificante-PX006A-20210803, Xustificante-PR100A-20220310, Xustificante-PR100A-20210830, Justificante-PR004A-20220420, rectificadaerrata-Justificante-PX004A-20220421, Justificante-PR100A-20210628.
Y así en un suma y sigue cuyas respuestas a día de hoy es el silencio administrativo, censura, ocultación, encubrimiento y colgarnos el teléfono, motivo por el que se hace necesaria esta denuncia penal, para que la justicia les haga ver que la Ley esta para cumplirse no para su uso personal.
Sobre el fondo de esta denuncia cuyos documentos están en trámite y cuyos datos, indicios, censurados, ocultados, sin darle el trámite legal de que por derecho les corresponde enervan cualquier derecho de presunción de inocencia y dejan al descubierto el dolo, intencionalidad, encubrimiento y ocultación al Juzgado de Guardia de la multitud de documentos e indicios de presuntos delitos en su poder como se expone y deja al descubierto en el relato y documentos así:
2.- Carpeta2.- / adjuntosdenunciapenal / contra Alberto Fuentes Losada por la negativa a entregar el historial clínico de Miguel Angel Delgado González y / AEPD / documentos y expedientes Agencia Española Protección de Datos bajo expediente por desobediencia de la Consellería de Sanidad-Sergas a la entrega del historial clínico a este denunciante.
3.- Carpeta3.- / Solicitud de información pública Xustificante-PR100A-20210830 sobre resonancias magnéticas y sus actividades privadas sin respuesta a día de hoy. (sin judicializar)
4.- Carpeta4.- / Denuncia Ante Conselleiro Sanidad – 2021 sobre la desobediencia del Sr Quintans Jefe Asesoría Xurídica de la Xunta y Rafel Álvaro Millán Calenti sin respuesta a día de hoy Xustificante-PR004A-20210803 (sin judicializar)
5.- Carpeta5.- / Denuncia Ante Conselleiro Sanidad-2022 de la presunta trama de resonancias magnéticas y presuntos delitos de las entidades COSAGA, Scanner Orense SL entre otras cuyo conocimiento lleva más de un año en poder del Sr Rafael Álvaro Millan Calenti Xustificante-PR004A-20220323 sobre el que se niega a darle trámite, abrir expediente, certificado de acto presunto y negativa a remitir al juzgado los presuntos hechos delictivos a lo que se suma el Conselleiro de Sanidad, Sr Comesaña ahora denunciado según se acredita la documental en la carpeta de su referencia ( esta sin judicializar) “alconselleirodesandad-denunciapenal-contraAlbertoFuenetsLosada-RafaelAlvaroMillanCalenti.pdf” y relato de hechos de presunta corurpción en su poder “ denunciapenal-conselleiro-sanidad-millan-calenti.pdf” junto a sus adjuntos. (sin judicializar)
6.- Carpeta6.- / Denuncia Ante Millan Calenti y Jefe Asesoría Xurídica de la Xunta Sr Sr D. Manuel Pillado Quintáns -por desobediencia publica. (sin judicializar)
7.- Carpeta7.- / Solicitud de expediente fe-datado, certificación de acto presunto, todo censurado y ocultado sin respuesta a día de hoy “ Xustificante-PR004A-20210320”, “AMPLIACION-Xustificante-PX006A-20210321”, “Solicitud-INFORME-EXP-Xustificante-PX006A-20210815”, AMPLIACIÓN_DENUNCIA-JUDICIAL-vinuclada-al-expediente-Xustificante-PX006A-20210815. (sin judicializar).
8.- Carpeta8.- / Diversa documental puesta en conocimiento de los denunciados ocultada a día de hoy. (sin judicializar).
9.- Carpeta9.- / Documentos y borradores de denuncia trama de mascarillas falsificadas Xunta de Galicia ampliatoria Juzgado Penal 47 de Madrid, en este momento sin judicializar en poder de los denunciados (censurada y ocultada) NEGÁNDOSE A DARLE CURSO ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL.
10.- Carpeta_10.- / Denuncia penal en curso por presuntos delitos continuados por incompatibilidades desde el año 2013 de María del Mar Sánchez Sierra, presentada por nosotros en el juzgado tras la negativa de los denunciados a darle trámite judicial, responder y comunicar expediente al efecto (JUDICIALIZADA).
11.- Carpeta_11.- / Escrito y copia borrador denuncia penal contra Eva Cardenas y Feijóo por presuntos delitos surgidos de una inmobiliaria registrada en su domicilio particular que niegan las administraciones públicas su existencia y carente de licencia municipal. (Sin judicializar), puesta en conocimiento de Mar Sánchez Sierra ocultada censurada y bajo la negativa a darle trámite judicial.
12.- Carpeta_12.- / Diversas y presuntas irregularidades vivienda presuntamente ilegal servidumbre de paso Concello de Moaña Pontevedra propiedad de Eva Cárdenas y Feijóo con obras realizadas. Socavones y muros sin las licencias que presuntamente deberían existir, en trámites administrativos contra la Alcaldesa de Moaña Leticia Santos, en este momento sin Judicializar, puesta en conocimiento de Mar Sánchez Sierra instado la a remitirla con sus copias fedatadas a la vía judicial, censurada y negada tal posibilidad ( sin judicializar en este momento )
13.- Carpeta_13.- / Escrito y documentos adjuntos denuncia por delitos de prevaricación continuada bajo incompatibilidades contra María del Mar Sánchez Sierra desde la fecha de su nombramiento 2013 ( Judicializada Audiencia Nacional ).